En el “OTROSI SEGUNDO”, solicita, ampliando lo favorable y restringir lo odioso o principio de
La recurrente aduce además, que existen otros defectos en el Auto de Vista, que pueden ser observados de oficio por mandato del art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE) que garantiza el derecho de impugnación, por ser contrario a los precedentes invocados en apelación restringida, por lo que -asevera- el Tribunal Supremo de justicia, debe dejar sin efecto la Resolución impugnada, para ello debe remitirse a obrados, y en caso de existir silencio procesal de su parte respecto a muchos defectos denunciados, corresponde dar voz y reencamina el procedimiento conforme establecen los Autos Supremos 401 de 18 de agosto de 2003, 101 de 1 de abril de 2003 y 102 de 1 de abril de 2005.
En el “OTROSI SEGUNDO”, solicita, ampliando lo favorable y restringir lo odioso o principio de informalidad, se le brinde la oportunidad de fundamentar oralmente el recurso casacional, a pesar de no estar previsto por Ley
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de los argumentos esgrimidos en los recursos de casación, se extraen los
- II.2 Recurso de casación de Nelly Charo Gonzales Fernández
- La recurrente alega
- 3) Refiere que, el Auto de apertura del juicio se dicta en base a la
- 4) Reitera los fundamentos esgrimidos en el inc
- 8) Por último, expresa que denunció en apelación restringida, que en la Sentencia no existe
- En el “OTROSI SEGUNDO”, solicita, ampliando lo favorable y restringir lo odioso o principio de
- El art
- En este contexto, el art
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV.I Recurso de casación interpuesto por Gualberto Gonzales y Carlos López Quiroz
- Revisados los antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro del plazo
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se verifica que los recurrentes invocaron los
- IV.2 Recurso de casación de Nelly Charo Gonzales Fernández
- Sobre el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en base a lo señalado en
- Respecto a la denuncia de falta de pronunciamiento reclamado por la recurrente, que hace
- En cuanto al inc
- En cuanto a los Autos Supremos 401 de 18 de agosto de 2003, 101 de
- Finalmente, en lo que respecta al petitorio se señalamiento de audiencia, se recomienda a la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
