Sobre el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en base a lo señalado en
Sobre el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en base a lo señalado en el acápite anterior, corresponde verificar el cumplimiento del requisito de forma, sobre los motivos expuestos en el acápite II.2 de la presente Resolución, en el cual se consignaron todos los argumentos expuestos por la recurrente, respecto a los cuales se establece lo siguiente:
Respecto a los incs. 1) y 3), de forma muy escueta sostiene que las denuncias referidas a que su actuar se encuadra en el delito de Homicidio en ejercicio ilegal de la medicina y no en el delito de Asesinato, así como el cambio de las circunstancias o hechos acusados, modificados en la fundamentación oral por parte del Fiscal; la recurrente no cumplió con su obligación de invocar precedentes contradictorios; asimismo, los argumentos generales esgrimidos, no cumplen los requisitos exigidos para la admisión vía excepcional, lo que impide su consideración en el fondo, por lo que estos motivos son inadmisibles.
En cuanto a los incs. 2), 4) y 6) en los que denuncia la defectuosa valoración de las pruebas signadas como “F21 y F22” y que hubiese sido subsanada por el Auto de Vista incumplido lo previsto por los arts. 124 y 173 del CPP, la recurrente invocó los Autos Supremos 166 de 12 de mayo de 2005 [inc. 2)], 349 de 28 de agosto de 2006 y 128 de 6 de marzo de 2008 [inc. 6)], invocados también el recurso de Alzada, Resoluciones de las cuales expresó las contradicciones en las que considera ingresó el Tribunal de alzada, por lo que corresponde la admisión a efectos de verificar las denuncias
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de los argumentos esgrimidos en los recursos de casación, se extraen los
- II.2 Recurso de casación de Nelly Charo Gonzales Fernández
- La recurrente alega
- 3) Refiere que, el Auto de apertura del juicio se dicta en base a la
- 4) Reitera los fundamentos esgrimidos en el inc
- 8) Por último, expresa que denunció en apelación restringida, que en la Sentencia no existe
- En el “OTROSI SEGUNDO”, solicita, ampliando lo favorable y restringir lo odioso o principio de
- El art
- En este contexto, el art
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV.I Recurso de casación interpuesto por Gualberto Gonzales y Carlos López Quiroz
- Revisados los antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro del plazo
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se verifica que los recurrentes invocaron los
- IV.2 Recurso de casación de Nelly Charo Gonzales Fernández
- Sobre el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en base a lo señalado en
- Respecto a la denuncia de falta de pronunciamiento reclamado por la recurrente, que hace
- En cuanto al inc
- En cuanto a los Autos Supremos 401 de 18 de agosto de 2003, 101 de
- Finalmente, en lo que respecta al petitorio se señalamiento de audiencia, se recomienda a la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
