Auto Supremo AS/0045/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2014-RA

Fecha: 24-Mar-2014

La recurrente alega


La recurrente alega:

1) Que su actuar se encuadra en el delito de Homicidio en ejercicio ilegal de la medicina y no en el delito de Asesinato, por lo que se dictó una Resolución ilegal.

2) Bajo el acápite: “LA JURISPRUDENCIA NO RECONOCE FUERO NI PRIVILEGIO ALGUNO” señaló que los Tribunales de Sentencia y alzada citaron jurisprudencia forzando su interpretación, contradiciendo el Auto Supremo 166 de 12 de mayo de 2005, que estableció que todas las pruebas judicializadas, sin excepción, deben ser analizadas de forma individual y conjunta, debiendo ser valoradas descriptiva e intelectivamente, lo contrario, constituye valoración defectuosa de la prueba que constituye e incurre en defecto absoluto; Sostiene que el Auto de Vista reconoció que las pruebas “F21 y F22” que establecieron como causa de la muerte shock hipovolémico y que la sustancia encontrada en la ropa de la víctima era penicilina, no fueron valoradas, empero, el Tribunal dio por subsanado aquello con la declaración del Coronel Jorge Torres Álvarez, sin considerar que la prueba testifical no puede suplir la prueba pericial o documental, máxime si existe contradicciones, habiéndose incumplido lo previsto por los arts. 124 y 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP)