Auto Supremo AS/0055/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0055/2014

Fecha: 05-Mar-2014

Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la

Finalmente, sin perjuicio de lo esgrimido precedentemente, se ilustra que de fojas 596 a 602 cursa la Resolución Prefectural Nº 348 de 12 de julio de 1999, que dispuso a favor de “Juan Carlos Alvarado Reyes, justiprecio total indemnizable: 9.625 $us. … Los pagos de los justiprecios serán cancelados con fondos del Servicio Nacional de Caminos,…. …, se salvan derechos de Juan Carlos Alvarado Reyes… emergentes de taludes y escarpes establecidos en los informes periciales de fs. 402-419, pudiendo hacerlos valer ante el Servicio Nacional de Caminos”.

POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 42 numeral 1 y disposición transitoria octava de la Ley del Órgano Judicial, ANULA obrados hasta el auto de admisión de fojas 423 vuelta inclusive. Asimismo, en mérito a la Resolución Prefectural Nº 348 de 12 de julio de 1999, se salva el derecho del demandante de ocurrir a la autoridad competente en defensa de sus intereses. Sin responsabilidad por ser excusable.
Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la presente decisión al Consejo de la Magistratura a los fines de ley