Auto Supremo AS/0055/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0055/2014

Fecha: 05-Mar-2014

Entonces, al tratarse la litis de un cuestionamiento sobre el justiprecio de la propiedad y

Entonces, al tratarse la litis de un cuestionamiento sobre el justiprecio de la propiedad y el pago de la indemnización por expropiación, que se constituye en un acto administrativo, debe impugnarse en la vía contenciosa administrativa, conforme lo dispone el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil y no la vía ordinaria