3) En los puntos 2 y 3 del recurso de casación, alegan de manera reiterada
3) En los puntos 2 y 3 del recurso de casación, alegan de manera reiterada la infracción de los arts. 398 y 124 del CPP, señalando a mayor abundamiento la doctrina legal aplicable establecida en los Autos Supremos 88 de 25 de abril de 2012 y 172 de 24 de julio de 2012, referidos a la falta de pronunciamiento sobre todos los puntos de la apelación, incurriendo el Auto de Vista recurrido en falta de fundamentación vulnerando el art. 124 del CPP, concluyen manifestando que al no estar debidamente fundamentado el Auto de Vista debe ser dejado sin efecto
- Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificados con el referido Auto de Vista el 7 de noviembre de 2013, los
- Señalan como motivos de su recurso de casación los siguientes
- 2) Refieren que en el recurso de apelación restringida invocaron varios Autos Supremos y Autos
- Bajo el subtítulo de agravios, los recurrentes refieren que es imposible alegar defectuosa valoración de
- Haciendo nuevamente remembranza del segundo motivo de su recurso de casación, en el que acusó
- Cita otro precedente contradictorio, el Auto Supremo 52 de marzo de 2012, del cual transcribe
- 3) En los puntos 2 y 3 del recurso de casación, alegan de manera reiterada
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de los motivos del recurso de casación se establece que los imputados
- Por último, los recurrentes acompañaron como única prueba admisible una copia del recurso de apelación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
