Haciendo nuevamente remembranza del segundo motivo de su recurso de casación, en el que acusó
Haciendo nuevamente remembranza del segundo motivo de su recurso de casación, en el que acusó que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el art. 370 inc. 1) del CPP, por no individualizar las características y la descripción de la existencia y especificación del lugar exacto de cada uno de los 45 puestos de venta de los cuales supuestamente se despojó a la querellante; señalando que el Auto de Vista, se limitó a señalar que la querellante detalló e identificó los puestos de los cuales fue despojada sin explicar en qué parte de la Sentencia contiene estos detalles y con qué medios de prueba el Juez estableció esta situación, lo que a decir de los recurrentes es contradictorio con los Autos Supremos 30 de 26 de enero de 2007, 335 de 10 de junio de 2011, 52 de 19 de marzo de 2012, 88 de 25 de abril de 2012 y 172 de 24 de julio de 2012
- Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificados con el referido Auto de Vista el 7 de noviembre de 2013, los
- Señalan como motivos de su recurso de casación los siguientes
- 2) Refieren que en el recurso de apelación restringida invocaron varios Autos Supremos y Autos
- Bajo el subtítulo de agravios, los recurrentes refieren que es imposible alegar defectuosa valoración de
- Haciendo nuevamente remembranza del segundo motivo de su recurso de casación, en el que acusó
- Cita otro precedente contradictorio, el Auto Supremo 52 de marzo de 2012, del cual transcribe
- 3) En los puntos 2 y 3 del recurso de casación, alegan de manera reiterada
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de los motivos del recurso de casación se establece que los imputados
- Por último, los recurrentes acompañaron como única prueba admisible una copia del recurso de apelación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
