Auto Supremo AS/0059/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0059/2014-RA

Fecha: 31-Mar-2014

Cita otro precedente contradictorio, el Auto Supremo 52 de marzo de 2012, del cual transcribe


Respecto al tercer motivo de su recurso de apelación restringida, refiere que reclamó la falta de especificidad de las circunstancias en que se habría despojado de cada uno de los puestos y que el Auto de Vista se limitó dos o tres veces al hecho de que las pruebas presentadas en el juicio fueron valoradas con sano criterio y prudente arbitrio usando las facultades que otorgan los arts. 171 y 173 del CPP; lo que a decir de los recurrentes constituyen fundamentos evasivos, imprecisos, dejándolos en estado de incertidumbre o inseguridad, siendo contradictorios y violatorios a la doctrina legal establecida por el Auto Supremo 52 de 29 de marzo de 2012.

Cita otro precedente contradictorio, el Auto Supremo 52 de marzo de 2012, del cual transcribe de igual manera la doctrina legal aplicable, y finalmente señala que los Autos de Vista suscritos por Vocales distintos a los que fueron convocados incluso cuando estos participaron en la audiencia de fundamentación de la apelación restringida, es una irregularidad que amerita su subsanación, de lo que a decir de los recurrentes fue dictado sin cumplir las reglas del debido proceso y las garantías constitucionales, que constituye defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, y amerita la aplicación del art. 419 de la misma ley adjetiva penal dejando sin efecto el Auto de Vista recurrido