Auto Supremo AS/0072/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0072/2014-RRC

Fecha: 28-Mar-2014

Con esa precisión, se tiene que el recurrente considera que su derecho a defensa fue


III. VERIFICACION DE LA EXISTENCIA DE DEFECTOS ABSOLUTOS

En el presente caso de acuerdo al Auto Supremo 18/2014 de 17 de febrero, el recurso de casación formulado por el imputado, en su único motivo, fue admitido por la vía excepcional de flexibilización, y por tal razón, no existen precedentes contradictorios a ser analizados, correspondiendo en consecuencia, verificar si la denuncia de defecto absoluto por vulneración del derecho a la defensa resulta o no evidente.

Con esa precisión, se tiene que el recurrente considera que su derecho a defensa fue vulnerado, porque se le designó abogado Defensor de Oficio, no obstante que fue su abogado particular quien presentó su prueba de descargo, aspecto que no estaba en conocimiento de su abogado defensor, razón por la que no tenía conocimiento de su caso y que ingresó a la audiencia para no ser multado. También solicitó retirarse por no contar con su confianza, sin embargo la Presidenta del Tribunal de Sentencia dispuso que continuara con el conocimiento del juicio oral y admitió también la participación de su defensor particular, quien a su vez solicitó la suspensión de la audiencia debido a su reciente conocimiento del caso, y la Presidenta del Tribunal de Sentencia determinó la prosecución del juicio oral por no existir renuncia o abandono; por lo que, fue defendido por un abogado que no sabía nada y que no tenía ninguna prueba de descargo, causándole indefensión, más aun cuando fue condenado a treinta años de presidio, lo cual no fue observado por el Tribunal de apelación