En la indicada fecha, la Presidenta del Tribunal instaló la audiencia de juicio y dispuso
En la indicada fecha, la Presidenta del Tribunal instaló la audiencia de juicio y dispuso la lectura de la acusación Fiscal y Particular, como también del Auto de apertura de juicio, para luego conceder la palabra al representante del Ministerio Público y al acusador particular, quienes fundamentaron su acusación; y, luego de las advertencias procedimentales y constitucionales, la Presidenta consultó al imputado si declararía o guardaría silencio, quien respondió que prestaría su declaración, procediendo en ese sentido sin realizar observación alguna en relación a los fundamentos del motivo que ahora es analizado; así también, concedió la palabra al abogado Defensor de Oficio a objeto de ejercer defensa técnica (fs. 227 vta. y 228)
- Por memorial presentado el 13 de enero de 2014, cursante de fs
- a) Sustanciado el juicio oral, el Tribunal de Sentencia de Quillacollo, pronunció la Sentencia 33/13
- b) Notificadas las partes con la mencionada Sentencia, el imputado Sergio Daza Salazar, interpuso recurso
- Del recurso de casación y del Auto Supremo 18/2014 de 17 de febrero que resolvió
- Con esta referencia, señala que de la revisión de obrados, se puede apreciar que mediante
- Con los antecedentes señalados, el recurrente solicitó se aprecie “la vulneración de sus derechos fundamentales
- Tomando en cuenta los argumentos del único motivo admitido para su análisis de fondo, de
- Constituido el Tribunal de juicio, conforme se evidencia en el acta de 6 de febrero
- Instalada la audiencia de 20 de febrero de 2013 (fs
- En la indicada fecha, la Presidenta del Tribunal instaló la audiencia de juicio y dispuso
- Luego de la fundamentación de las partes, el Tribunal dispuso la producción de la prueba,
- II.2. De la Sentencia
- II.3. Apelación restringida y su Resolución
- Radicado el recurso ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,
- Con esa precisión, se tiene que el recurrente considera que su derecho a defensa fue
- Sobre el particular, este Tribunal verifica de los antecedentes del proceso, que la denuncia que
- Aun así, también se constata de los actos del proceso, que las determinaciones asumidas por
- Finalmente, cabe señalar que, de conformidad al art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
