Auto Supremo AS/0104/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0104/2014

Fecha: 27-Mar-2014

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Por todas las consideraciones realizadas, se puede concluir que el Tribunal Ad quem incurrió en error al no disponer la cancelación de registro de fecha 14 de diciembre de 2005 bajo el asiento A-3, con matrícula Nº 3011990010245 a favor de Félix Gamboa Coca respecto de su causante Filiberto Gamboa Coca, correspondiendo en todo caso acoger en parte el recurso de casación en el fondo interpuesto por la actora y resolver en la forma prevista por los arts. 271 núm. 4) y 274 del Código de Procedimiento Civil. y conforme a los arts. 41 y 42 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42 parágrafo I núm 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y en aplicación de los arts. 271 núm. 4) y 274 del Código de Procedimiento Civil, CASA PARCIALMENTE el Auto de Vista de fecha 20 de Septiembre de 2013 cursante de fs. 574 a 575 vlta. Pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,y en consecuencia se dispone la cancelación del registro bajo la matricula 3011990010245 Asiento A- 3 de fecha 14 de diciembre de 2005