Verificado el reclamo expresado por la recurrente, se establece que ciertamente
Verificado el reclamo expresado por la recurrente, se establece que ciertamente noexiste secuencia lógica entre el registro de la causante Teodocia Balta Vásquez de fecha 12 de junio de 1990con relación al registro de fecha 14 de diciembre de 2005correspondiente a la declaratoria de herederos de Félix Gamboa Coca,en virtud a que el derecho sucesorio de éste último deviene de Filiberto Gamboa Coca su hermano y como quiera que la sucesión de Filiberto Gamboa Coca a la sucesión de su esposa Teodocia Balta Vázquez inscrita bajo el Asiento A - 2 con matrícula Nº 301199001024, fue invalidada en sentencia y confirmado el Ad quem, en atención a que la misma fue tramita e inscrita por Félix Gamboa Coca,ilícitamente en base al poder Nº 009/2004 inexistente en protocolos notariales, demostrado en proceso penal de falsedad material e ideológica que tiene sentencia ejecutoriada, del cual cursa copias legalizadas de fs. 486 a 502 y de fs. 506 a 508 de obrados
- Distrito
- Que, adjuntando documental Felicidad Balta Ledezma interpuso demanda de Nulidad de declaratoria de herederos, nulidad
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- En conocimiento de la determinación adoptada por el Juez de primera instancia, conforme consta de
- Del recurso de Casación en el fondo fundado en el art 253 numeral 1)
- 2) Acusó también la transgresión e inaplicación del art
- Finalmente la recurrente solicitó a este tribunal previa compulsa de antecedentes, pronunciar Auto
- Antes de ingresar a considerar los aspectos reclamados en recurso de casación se deben
- Establecido esto así, corresponde a éste Tribunal considerar si la decisión asumida por el Ad
- Si bien ésta determinación del Ad quem es correcta, debido a que ciertamente, no correspondía
- Sin embargo y conforme el razonamiento del Ad quem, este aspecto no fue
- Empero a juicio de la recurrente Felicidad Balta Ledezma el Ad quem al revocar la
- Verificado el reclamo expresado por la recurrente, se establece que ciertamente
- Al haberse dispuesto la invalidación de la declaratoria de herederos del causante
- Más aun cuando de fs
- Por consiguiente,se establece que el acervo hereditario, adquirido por el Félix Gamboa Coca,
- Delo expuesto también se corrobora el otro argumento reclamado por la recurrente respecto a la
- Por su parte el art
- De las citas transcritas se infiere que el principio de tracto sucesivo, tiene
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Segundo
