Auto Supremo AS/0108/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0108/2014

Fecha: 27-Mar-2014

En el marco del recurso interpuesto y de la revisión de antecedentes se establece que

CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En el marco del recurso interpuesto y de la revisión de antecedentes se establece que:
1.- Felicia Flores Albis y Wenseslao Bonifaz Flores, adquirieron de Fernando Barron y Mauricia Urquizu de Barron, un lote de terreno de 300 m.2, ubicado en el ex fundo Ckatalla Baja del Cantón Huata, de la Provincia Oropeza del Departamento de Chuquisaca, mediante contrato de compraventa suscrito el 24 de agosto de 1984, protocolizado mediante Escritura Pública Nº 83/90 de 30 de marzo de 1990, inscrita en Derechos Reales bajo la Ptda. 53, Folio 53, de 31 de marzo de 1990