Auto Supremo AS/0114/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0114/2014

Fecha: 31-Mar-2014

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Casación en el fondo
1. El auto de vista incurre en interpretación errónea de los artículos 101, 102 y 390 del Código de Familia al haber señalado que el derecho a los bienes de la comunidad y gananciales no puede renunciarse por convenios particulares.
2. El auto de vista viola lo dispuesto por el artículo 142 del Código de Familia que establece que la sentencia retrotrae sus efectos en cuanto a los bienes, al día en que se decretó la separación provisional de los mismos