CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los fundamentos
Concluye el memorial del Recurso, solicitando se conceda el Recurso para que este Tribunal Supremo, mediante Auto Supremo CASE TOTALMENTE el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo se declare improbada la demanda de pago de Beneficios Sociales.
CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los fundamentos del Recurso de Casación en el Fondo y en la Forma, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
Antes de ingresar al análisis de la problemática planteada, se hace constar que el memorial del Recurso carece de una adecuada técnica jurídica, que no cumple con la fundamentación adecuada, concreta y precisa, reiterando los mismos fundamentos de su Recurso de apelación, además de estar interpuesto como Recurso de Casación en el fondo en la suma de su memorial, pero en el contenido del Recurso alega la violación de normas del Código de Procedimiento Civil, en una total confusión de las características y requisitos de procedencia del Recurso de Casación en el fondo y en la forma; pese a estas limitaciones, se pasa a fundamentar a objeto de dar una respuesta pronta y oportuna a las partes en litigio
CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los fundamentos del Recurso de Casación en el Fondo y en la Forma, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
Antes de ingresar al análisis de la problemática planteada, se hace constar que el memorial del Recurso carece de una adecuada técnica jurídica, que no cumple con la fundamentación adecuada, concreta y precisa, reiterando los mismos fundamentos de su Recurso de apelación, además de estar interpuesto como Recurso de Casación en el fondo en la suma de su memorial, pero en el contenido del Recurso alega la violación de normas del Código de Procedimiento Civil, en una total confusión de las características y requisitos de procedencia del Recurso de Casación en el fondo y en la forma; pese a estas limitaciones, se pasa a fundamentar a objeto de dar una respuesta pronta y oportuna a las partes en litigio
- Que, contra la referida Resolución de Vista,
- Asimismo indica que el actor al haber
- En la forma: Alega que el contenido
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los fundamentos
- En la forma: En cuanto a la
- Lo expresado en el párrafo precedente, aclara
- En el fondo: Con relación a la
- De lo anterior se establece que los
- En el caso en análisis se establece
- Finalmente, se debe tener presente que por
- En ese contexto, el Tribunal de Alzada
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 078/2014
