Auto Supremo AS/0098/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0098/2014

Fecha: 09-Abr-2014

Del Precedente Contradictorio Invocado: Conforme lo previsto por el art

Finalmente denuncia la inobservancia del art. 15 de la Ley de Organización Judicial y Autos Supremos N° 307/2003 y 654/2004 señalando que no se realizó la revisión de oficio ante la existencia de violación flagrante al debido proceso y la existencia de defectos procesales absolutos que determinan nulidad.
Del Precedente Contradictorio Invocado: Conforme lo previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, un requisito formal que debe ser cumplido por la parte que formule el Recurso de Casación, es el de haber invocado el precedente contradictorio en su Recurso de Apelación Restringida, sin embargo verificado los antecedentes cursantes en Autos se extraña el cumplimiento de este requisito formal para disponer la admisibilidad del recurso