Del Precedente Contradictorio Invocado: Conforme lo previsto por el art
Finalmente denuncia la inobservancia del art. 15 de la Ley de Organización Judicial y Autos Supremos N° 307/2003 y 654/2004 señalando que no se realizó la revisión de oficio ante la existencia de violación flagrante al debido proceso y la existencia de defectos procesales absolutos que determinan nulidad.
Del Precedente Contradictorio Invocado: Conforme lo previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, un requisito formal que debe ser cumplido por la parte que formule el Recurso de Casación, es el de haber invocado el precedente contradictorio en su Recurso de Apelación Restringida, sin embargo verificado los antecedentes cursantes en Autos se extraña el cumplimiento de este requisito formal para disponer la admisibilidad del recurso
Del Precedente Contradictorio Invocado: Conforme lo previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, un requisito formal que debe ser cumplido por la parte que formule el Recurso de Casación, es el de haber invocado el precedente contradictorio en su Recurso de Apelación Restringida, sin embargo verificado los antecedentes cursantes en Autos se extraña el cumplimiento de este requisito formal para disponer la admisibilidad del recurso
- Delito
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia Nancy Del Rosario Romero Berrios en representación del Ministerio Público de
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- Actividad procesal defectuosa como vicio de nulidad absoluta realiza de puntualización de la norma procesal
- Que contra la Sentencia se denunció a) Violación, errónea interpretación desconocimiento de la ley procesal
- Del Precedente Contradictorio Invocado: Conforme lo previsto por el art
- Petitorio: Solicita se admita su Recurso y resolviendo en el fondo se declare procedente y
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- Conforme lo previsto por el art
- Respecto de la Sentencias Constitucionales citadas en el Recurso de Casación se tiene que por
- Finalmente respecto de la revisión de oficio respecto de la posible existencia de defectos absolutos,
- Por lo señalado supra, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
