Auto Supremo AS/0116/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2014-RA

Fecha: 15-Abr-2014

Por último, se deja constancia y se reitera que, las Sentencias Constitucionales también invocadas por


Por último, se deja constancia y se reitera que, las Sentencias Constitucionales también invocadas por el nombrado recurrente, no pueden ser consideradas por este Tribunal, conforme los arts. 416 y 417 del CPP