Auto Supremo AS/0116/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2014-RA

Fecha: 15-Abr-2014

Respecto a la primera denuncia, traducida básicamente en la ausencia de fundamentación y motivación del


Respecto a la primera denuncia, traducida básicamente en la ausencia de fundamentación y motivación del Auto de Vista 05/2013, respecto a los agravios planteados en el recurso de apelación restringida, se constata que los recurrentes detallaron pormenorizadamente los acápites y denuncias sobre las que la Resolución de alzada habría omitido efectuar un pronunciamiento fundamentado, así están los cuestionamientos referente a la aplicación de los arts. 20 y 24 del CP, la ausencia de adecuación de su conducta a los elementos del tipo penal de Contrabando y sobre la revisión de oficio que debió haberse efectuado en la instancia de apelación sobre el incumplimiento del art. 329 del CPP, argumentando que la omisión en la que cayó el Tribunal de alzada vulneró su derecho al debido proceso y principio de seguridad jurídica, invocando al efecto el precedente contradictorio contenido en el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007, afirmando que de acuerdo al contenido de la doctrina legal aplicable expresada en ésta Resolución, la fundamentación debe ser expresa extremo que –aseveran los recurrentes- omitió cumplir el Auto de Vista cuestionado, carga argumentativa que posibilita el análisis de fondo de la denuncia planteada, al evidenciarse una explicación clara y precisa respecto a la contradicción existente entre la Resolución cuestionada y el precedente invocado, conforme prescriben los arts. 416 y 417 del CPP, correspondiendo en consecuencia la admisión de este motivo