1) El recurso de apelación formulado, tiene cuatro partes con sus respectivas subdivisiones
Radicada la causa ante la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, resolvió el fondo del recurso de apelación restringida emitiendo el Auto de Vista 88/2013 de 6 de noviembre, por el que declaró admisible el recurso de apelación restringida y procedentes las cuestiones planteadas, anulando la Sentencia 06/2012, bajo los siguientes fundamentos que tienen directa relación con el motivo del recurso de casación:
1) El recurso de apelación formulado, tiene cuatro partes con sus respectivas subdivisiones. La primera, se refiere a la inobservancia o errónea aplicación de la ley penal sustantiva en cuanto a la fijación de la penal, la errónea aplicación de la ley penal sustantiva sobre los tipos penales de Difamación, Calumnia y Propalación de Ofensas. En la segunda parte explica que la Sentencia se basa en hechos inexistentes o no acreditados en la valoración defectuosa de la prueba. La tercera parte se refiere a la falta de fundamentación en la Sentencia 06/2012, por ser esta insuficiente y contradictoria, para finalizar en la cuarta parte, relativa a la inobservancia de las reglas previstas para la deliberación y redacción de la Sentencia
- Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2013, cursante de fs
- 1) En mérito a la acusación particular (fs
- 2) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló apelación restringida (fs
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 033/2014-RA de 24 de marzo,
- El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido, admitió la apelación restringida planteada por
- El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, disponiendo que la
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- i) Por las pruebas ofrecidas, en particular las declaraciones de testigos, establece que el imputado
- ii) El delito de Calumnia se materializa cuando en dichas declaraciones se establece que se
- iii) De acuerdo a lo establecido por el Auto Supremo 175 de 15 de mayo
- v) No se demostró que el imputado tenga antecedentes penales anteriores al hecho acusado, aspecto
- II.2. De la apelación restringida formulada por el imputado
- b) La errónea aplicación de la ley penal sustantiva en cuanto al tipo penal de
- c) La Sentencia se basa en hechos no acreditados y en una valoración defectuosa de
- d) La Sentencia 06/2012 incurre en insuficiente fundamentación cuando en su punto 4, referido a
- e) No se observaron las reglas previstas para la deliberación y redacción de la Sentencia,
- Con los aludidos argumentos, solicitó que se dicte Sentencia absolutoria a su favor o en
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- 1) El recurso de apelación formulado, tiene cuatro partes con sus respectivas subdivisiones
- 2) El recurso de apelación restringida planteada por Rogelio Vicente Peláez, cumple las exigencias formales
- Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia y asegurar la vigencia
- Conforme a lo antedicho, el Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación a la segunda parte
- III.1. Del precedente contradictorio invocado
- En relación al agravio del recurso de casación interpuesto cuyo análisis de fondo corresponde, el
- El precedente fue pronunciado dentro de un proceso penal seguido por delitos contra el honor,
- III.2. Análisis del caso concreto
- El recurrente estima que el Auto Supremo 174/2013 de 19 de junio, fue inobservado por
- Ahora bien, en cuanto a los restantes requisitos que supuestamente no habrían sido analizados por
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
