ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS:El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 318 a 324, presentado por Juan Pablo Cueto Paracagua, contra el Auto de Vista Nº 613/2013, cursante de fs. 312 a 315 vlta., emitido el 03 de diciembre de 2013 por la Sala CivilSegunda, Comercial y Familiar del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de Guarda Legal, seguido por Ana Luisa Chungara Martínezcontra Juan Pablo Cueto Paracagua, la concesión de fs. 333; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
LaJuezade la Niñez y Adolescencia de Chuquisacadictó Sentencia por la cual declaró Probada la demanda de guarda de hijo de fojas 21-23, sustentada por la señora Ana Luisa Chungara Martínez; guarda que es conferida a la progenitora con todos los derechos y obligaciones, quien bajo ninguna circunstancia podrá transferir a terceros la guarda conferida y contenido de los deberes y derechos de los padres, de conformidad al art. 258 del Código de Familia; en esta ciudad de Sucre, del departamento de Chuquisaca, lugar de residencia del responsable de la guarda dentro del territorio nacional, de conformidad a lo previsto por el art. 50 del C.N.N.A. Respecto al progenitor se le otorgó el derecho de visita de manera irrestricta, estableciéndose como día fijo que los días sábados de 9:00 a 18:00, deberá recoger a su hijo del hogar donde vive con su progenitora, debiendo recogerlo y retornarlo en el horario señalado, en un estado conveniente y dentro de un ambiente de paz y respeto, caso contrario se dispondrá las sanciones legales correspondientes. Se hace notar que las visitas dispuestas podrán ampliarse o restringirse, en ejecución de sentencia. Se dispuso que la Defensoría de la niñez y adolescencia, realice el seguimiento minucioso de la guarda por el término de dos años, mediante informes semestrales a la Jueza
- Partes: Ana Luisa Chungara Martínez c/ Juan Pablo Cueto Paracagua
- Proceso:Guarda Legal
- Distrito:Chuquisaca
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra dicha resolución delaJueza de primera instancia, recurrió en apelación el demandado (padre), solicitando que
- A dicha solicitud y conforme a la apelación interpuesta, el Tribunal de Alzada, mediante Auto
- Debido al Auto de Vista, la parte demandada (padre) recurre en casación en la forma
- En la Forma
- Por otro lado acusó que se rechazó la prueba presentada en segunda instancia, la cual
- En el Fondo
- Hace alusión al documento de fs
- Menciona que se hizo cargo del menor desde sus 3 años, hasta la actualidad que
- En base a ese argumento solicita que sea Anulado obrados hasta el vicio más antiguo,
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Que, sobre el otro punto de su recurso de casación en la forma, donde acusa
- En virtud a los dos únicos puntos expuesto por el recurrente, se tiene que los
- Con referencia al recurso de casación en el fondo y la exposición que realiza en
- 3
- Desarrollada la normativa anterior, se ha subrayado y colocado en negrillas el común denominador que
- Entonces de lo anterior, debemos concluir que no solamente los progenitores, sino el Estado en
- En nuestra legislación, la guarda es una institución del Derecho de la niñez, diseñada y
- La guarda es eminentemente provisional y por lo mismo, temporal, esto es que las decisiones
- En ese entendido, las declaraciones testificales acusadas que fueron valoradas erróneamente por la Sra
- Estos informes no fueron observados por la parte recurrente, bajo el pretexto de no merecer
- Finalmente, sobre la violación a la Convención sobre los Derechos del niño, acusado por el
- Por lo expuesto, concluiremos indicando que los Tribunales de instancia obraron correctamente, motivo por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Segundo
