Acusó también errónea interpretación y aplicación del art
Acusó también errónea interpretación y aplicación del art. 127.a) del CPT, al no haberse valorado la respuesta a la demanda, manteniendo y sosteniendo que el pago que se realizaba era por sellar y firmar sus pólizas, no pudiendo constituirse en una relación de dependencia laboral, más aún si no se cumplieron con las condiciones esenciales como son horario y días de trabajo, subordinación, exclusividad, obligatoriedad de asistencia y presencia en sus instalaciones e inexistencia de un salario mensual, ya que el demandante recibía un pago por el servicio que brindaba
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- Acusó también errónea interpretación y aplicación del art
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case la Resolución Nº 92/2013 de fs
- En primer lugar, corresponde dejar establecido que este máximo Tribunal ingresa a considerar el recurso
- Las excepciones contenidas en el art
- Estas excepciones, si resultan probadas, modifican el trámite, pueden acarrear la sustitución del Juez que
- Ahora bien, realizado este análisis es preciso puntualizar que en lo relacionado a la controversia
- Por otro lado en cuanto a que la resolución recurrida señalaría erróneamente el art
- En ese sentido cabe advertir conforme establecieron los de instancia que el actor se encuentra
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
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- Secretaria
