Las excepciones contenidas en el art
Las excepciones contenidas en el art. 127 del CPT, se constituyen en hechos impeditivos, modificatorios del derecho del actor, que como se expuso son de previo y especial pronunciamiento y, por esta razón, están sujetas a un procedimiento especial, entre las que se encuentra el plazo para su interposición, de acuerdo al art. 128 del adjetivo laboral
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por el representante de la empresa demandada (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Acusó también errónea interpretación y aplicación del art
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case la Resolución Nº 92/2013 de fs
- En primer lugar, corresponde dejar establecido que este máximo Tribunal ingresa a considerar el recurso
- Las excepciones contenidas en el art
- Estas excepciones, si resultan probadas, modifican el trámite, pueden acarrear la sustitución del Juez que
- Ahora bien, realizado este análisis es preciso puntualizar que en lo relacionado a la controversia
- Por otro lado en cuanto a que la resolución recurrida señalaría erróneamente el art
- En ese sentido cabe advertir conforme establecieron los de instancia que el actor se encuentra
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Se regula honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria
