Auto Supremo AS/0118/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2014

Fecha: 28-May-2014

Que dichos elementos hacen afirmar que existiría fundamento para la casación de la Sentencia Nº

Mencionó que el agravio sufrido por la Liga Deportiva, es que se les estaría condenando al pago de beneficios sociales incluidos los subsidios, sabiendo la demandante, que ya le fueron cancelados en la gestión de Hugo Alanoca; vale decir, del 2007 al 2001 (sic)., cuyos documentos no habrían sido entregados a la institución para presentarlos como descargos; si bien en materia laboral la inversión de la prueba rige como principio que favorece al trabajador, ¿cómo es que debería de probarse?, cuando la propia demandante fue quien afirmó que sus beneficios sociales fueron cancelados por las gestiones 2007 al 2011 de manera oportuna.
I. 4. Petitorio
Que dichos elementos hacen afirmar que existiría fundamento para la casación de la Sentencia Nº 149/2013 y el Auto de Vista Nº 120/2013; por lo que, demandó la casación en la forma y casación en el fondo conforme los arts. 251.II, 253.3), 254, 257 del CPC