Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 154 a 157, al carecer de sustento legal; ajustándose el Auto de Vista recurrido a las leyes en vigencia, no observándose violación de norma legal alguna; por lo que, corresponde resolverlo en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en fondo de fs. 154 a 157, interpuesto por Palermo Acarapi Cerda, en representación legal de la Liga Deportiva “EL TEJAR”; con costas
Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs.500.- (Quinientos 00/100 Bolivianos) que mandará pagar el Tribunal ad quem
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en fondo de fs. 154 a 157, interpuesto por Palermo Acarapi Cerda, en representación legal de la Liga Deportiva “EL TEJAR”; con costas
Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs.500.- (Quinientos 00/100 Bolivianos) que mandará pagar el Tribunal ad quem
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y en fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación a fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- Señaló que todos esos elementos, estarían sancionados por el art
- Que dichos elementos hacen afirmar que existiría fundamento para la casación de la Sentencia Nº
- Que así planteado el recurso de casación en la forma y en el fondo, la
- La problemática central en el caso de autos y de acuerdo con uno de los
- Inicialmente debemos referirnos que, el art
- Así mismo, el art
- Finalmente en relación a que la demandante habría efectuado movimientos económicos irregulares y discrecionales, situación
- Por último, lo resuelto por el juez a quo respecto a las causas de la
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria
