c) Notificados los recurrentes con el Auto de rechazo a la complementación y enmienda planteada,
b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la parte querellante, tal como se evidencia de fs. 602 a 606 vta., recurso que fue resuelto por Auto de Vista 87/2013 de 31 de octubre (fs. 628 a 629 vta.), que declaró improcedente el recurso interpuesto y confirmó la Sentencia apelada; asimismo, por Auto de Complementación (fs. 631) se rechazó la solicitud de complementación y enmienda de la parte ahora recurrente.
c) Notificados los recurrentes con el Auto de rechazo a la complementación y enmienda planteada, el 27 de febrero de 2014 (fs. 632), interpusieron recurso de casación el 7 de marzo del mismo año, objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 7 de marzo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificados los recurrentes con el Auto de rechazo a la complementación y enmienda planteada,
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Como segundo agravio refieren que, en el Auto de Vista impugnado se indicó que
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes se establece que el recurso
- De la revisión del primer agravio, referido a que el Tribunal de alzada, en el
- Respecto a los Autos Supremos 3 de 31 de enero de 2013 y “443/07” (sic),
- De la revisión del tercer agravio, los recurrentes centran su denuncia en dos tópicos: i)
- Ahora bien, en el primer caso, los imputados no realizaron explicación alguna de la contradicción
- Respecto a la segunda parte del mismo motivo, como se observa, los recurrentes, aunque escuetamente,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
