Auto Supremo AS/0183/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0183/2014-RA

Fecha: 14-May-2014

Igualmente se deja constancia que, con referencia a las Sentencias Constitucionales 0292/2010-R de 7 de


Igualmente se deja constancia que, con referencia a las Sentencias Constitucionales 0292/2010-R de 7 de junio y 1616/2011-R de 11 de octubre, conforme dispone el art. 416 del CPP, sólo los Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia y los Autos Supremos dictados por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, pueden ser considerados precedentes contradictorios; consiguientemente, cualquier pretensión de hacer valer una Sentencia Constitucional como precedente en la jurisdicción ordinaria, no es viable