2) Como segundo agravio el imputado señala que, denunció en apelación restringida defectos absolutos previstos
2) Como segundo agravio el imputado señala que, denunció en apelación restringida defectos absolutos previstos en el art. 370 incs. 3) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), “…por falta de determinación circunstanciada del objeto del juicio, no acreditados en el juicio penal y la valoración defectuosa y contradictoria de las pruebas…” (sic), con afectación del derecho al debido proceso, a la defensa, la presunción de inocencia y al principio de seguridad jurídica, haciendo especial énfasis en la prueba MP-PD 3-f) (Orden de compra), inmersa dentro del alcance de los arts. 450 y 519 del CC, consiguientemente, el presente caso no ingresaría dentro del ámbito de competencia penal, pues no se acreditó la aceptación del imputado que genere obligaciones, por tanto, “no existen” (sic) los tipos penales de Incumplimiento de Contrato y Estafa; incurriendo en contradicción con los Autos Supremos 236 de 7 de marzo de 2007 y 133 de 5 de abril de 2002; denuncia que fue admitida por el Auto de Vista, en razón a la cita de defectos absolutos; sin embargo, de forma inexplicable lo declaró improcedente, sin pronunciarse sobre los defectos absolutos que fundaron su admisión, alegando que no se hubiere vinculado el derecho con el agravio, lo que no es evidente, pues fundamentó los agravios en que incurrió la Sentencia y ahora el Auto de Vista con la declaratoria de improcedencia
- Por memorial presentado el 30 de abril de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Como segundo agravio el imputado señala que, denunció en apelación restringida defectos absolutos previstos
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Del análisis del recurso de casación sometido a conocimiento de este Tribunal, se establece que,
- Se deja constancia que, respeto a los Autos Supremos 534/2012, 498/2012, 193/2013, al no haber
- En el segundo motivo se reclama que, denunció en apelación restringida defectos de sentencia por
- En cuanto al tercer motivo del recurso, que tiene como origen los puntos tercero y
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
