Auto Supremo AS/0157/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2014

Fecha: 23-Jun-2014

Por otra parte, también acusó la errónea interpretación del art

Por otra parte, también acusó la errónea interpretación del art. 313 del CPC, toda vez que tal normativa prevé las exclusiones para la procedencia de la perención de instancia, al haber concurrido en el caso la instancia, la inactividad y el abandono por la parte demandante