Auto Supremo AS/0238/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238/2014-RA

Fecha: 06-Jun-2014

d) Denuncia por defecto de Sentencia contenido en el art


d) Denuncia por defecto de Sentencia contenido en el art. 370 inc. 6) del CPP, por señalar dicha resolución que su persona, por deficiente asesoramiento, causó daño al patrimonio de YPFB, sin señalar cual sería la prueba que sustenta dicha afirmación; refiere que contrariamente, la Sentencia señala que es atribución de la Dirección Legal, a cargo del Dr. Mauricio Ochoa, velar por todos los procesos de licitación. Cita los Autos Supremos 314 de 25 de agosto de 2006 y 529 de 17 de noviembre de 2006, refiriendo que el Tribunal de mérito, no valoró correctamente las pruebas, atribuyéndole, hechos que correspondían a otro imputado, incurriendo en contradicción en la fundamentación; aspecto que el Tribunal de alzada no respondió ni resolvió