Auto Supremo AS/0238/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238/2014-RA

Fecha: 06-Jun-2014

En el “OTROSÍ 1”, refiere que ratifica el ofrecimiento de prueba realizado en apelación y


Finaliza señalando que el Tribunal de alzada, al no haber respondido a los extremos de la apelación de manera puntual y fundamentada, quebrantó lo establecido por los arts. 124, 398 y 173 del CPP, ya que toda resolución debe cumplir con los parámetros de completitud y legitimidad. Invoca nuevamente el Auto Supremo 12 de 30 de enero de 2012; añade que, constituye defecto absoluto insubsanable, no responder a la apelación restringida, punto por punto.

Solicita revocar el Auto de Vista impugnado, por no haber respondido a ninguno de los puntos apelados, cuando debió realizar una verificación y control del proceso, de manera integral y armónica para responder a los términos de la apelación, relativos a defectos de Sentencia descritos en el art. 370 incs. 3), 5), 6) y 11) del CPP, por lo que pide se anule totalmente el Auto de Vista impugnado y se disponga la emisión de una nueva Resolución conforme a las normas legales y a la doctrina legal aplicable.

En el “OTROSÍ 1”, refiere que ratifica el ofrecimiento de prueba realizado en apelación y enumera varios Autos Supremos, entre los que destaca el Auto Supremo 403 de 28 de noviembre de 2008, relativo a la violación al principio de debida fundamentación o motivación de las decisiones judiciales