Auto Supremo AS/0238/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238/2014-RA

Fecha: 06-Jun-2014

De manera general, en dieciséis incisos, señala que objetó las pruebas del Ministerio Público –base


En lo que respecta al delito de Asociación Delictuosa, afirma que en toda la prueba documental, de más de 140 cuerpos, no existe ni una sola prueba que la relacione, que haya firmado o participado de alguna reunión o comisión. Asevera que ninguno de los testigos ni coacusado señaló que la conocen. Afirma también que se le acusa de haber actuado en asociación delictuosa con los coimputados, pero que ella denunció ante la Fiscalía para el secuestro de las movilidades; sostiene que al Ministerio Público no le interesa la prueba MP 120, pero que a ella sí.

Refiere, bajo el epígrafe de “II.- VALORACIÓN DEFECTUOSA DE LOS ELEMENTOS DE PRUEBA INCORPORADOS EN JUICIO ORAL POR EL FISCAL”, que no se valoró la prueba documental debatida en audiencia de juicio, principalmente su declaración, infringiéndose así los arts. 13 y 173 del Código de Procedimiento penal (CPP).

De manera general, en dieciséis incisos, señala que objetó las pruebas del Ministerio Público –base de la acusación- pero que no se tomó en cuenta su inocencia, que otras personas actuaron en complicidad en la comisión del delito, pero que no fueron identificadas, que su persona no fue plenamente individualizada, existiendo vicios de Sentencia descritos en los incisos 2) y 10) del art. 370 del CPP; alega también, existencia de defecto de Sentencia descrito en el inc. 11 del precitado artículo, así como la existencia de defectuosa valoración de la prueba; que, respecto a los tipos penales acusados, fue sentenciada sin prueba alguna en su contra; que en cuanto a la fundamentación jurídica, da una aplicación incorrecta al art. 20 del CP; arguye también aplicación incorrecta del art. 150 del CP porque nunca firmó ni ayudó a firmar ningún contrato, en cuanto a la fundamentación de la pena, señala que fue condenada únicamente por ser esposa del Santos Ramírez Valverde, razón por la que pide se anule la Sentencia, sostiene que en su caso no existió igualdad jurídica