Auto Supremo AS/0247/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0247/2014-RRC

Fecha: 12-Jun-2014

Al respecto, de la revisión de antecedentes se constata que ante la solicitud formulada por


Al respecto, de la revisión de antecedentes se constata que ante la solicitud formulada por el propio recurrente para que se dicte sentencia, la Jueza Primera de Partido en lo Penal Liquidadora ordenó que los antecedentes pasen a despacho para resolución dejando constancia que las partes debían tener presente el mandato del art. 211 del CPC, norma reiterada en la Resolución 22/2011 de 26 de abril, aplicable según expresó la referida autoridad judicial, conforme lo dispuesto por el art. 355 del CPP, que dispone: “Son aplicables, en cuanto no se opongan a lo establecido en el presente Código, las disposiciones pertinentes del Código de Procedimiento Civil y de la Ley de Organización judicial”