Auto Supremo AS/0247/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0247/2014-RRC

Fecha: 12-Jun-2014

En consecuencia, al constatarse que la Resolución impugnada ha sido pronunciada en base a normas


En consecuencia, al constatarse que la Resolución impugnada ha sido pronunciada en base a normas que corresponden al actual sistema procesal penal, inaplicables al presente proceso, se concluye que en los hechos el Auto de Vista impugnado carece de fundamentación conforme a lo dispuesto por el art. 85 del CPPabrg, que imperativamente dispone que: “Los Autos y sentencias que dicten los jueces serán motivados, citando la ley en que se fundan”, disposición aplicable a los tribunales de apelación al tratarse de normas relativas a la actividad procesal; por lo que se ha incurrido en la causal de nulidad prevista por el inc. 7) del art. 297 del CPP de 1972, que establece como causal de nulidad y consiguiente reposición, la falta de los requisitos esenciales que debe contener el fallo