Por memorial presentado el 26 de marzo de 2014, que cursa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 256/2014-RA
Sucre, 16 de junio de 2014
Expediente: La Paz 63/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Néstor Mayta Mamani
Delito: Lesiones Graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de marzo de 2014, que cursa de fs. 438 a 439, Néstor Mayta Mamani, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 07/2014 de 28 de enero, de fs. 431 a 435 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Teresa Orozco Apaza contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271, párrafo primero, del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 256/2014-RA
Sucre, 16 de junio de 2014
Expediente: La Paz 63/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Néstor Mayta Mamani
Delito: Lesiones Graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de marzo de 2014, que cursa de fs. 438 a 439, Néstor Mayta Mamani, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 07/2014 de 28 de enero, de fs. 431 a 435 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Teresa Orozco Apaza contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271, párrafo primero, del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 26 de marzo de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 19 de marzo
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) En segundo término el recurrente denuncia que, la Sentencia incurrió en falta de fundamentación,
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Con relación al primer motivo, que se resume en la denuncia de vulneración del principio
- En cuanto al segundo motivo, donde se señala que la Sentencia incurrió en falta de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
