Aspectos que no corresponden ser considerados en virtud a que el Ad quem emitió Resolución
Aspectos que no corresponden ser considerados en virtud a que el Ad quem emitió Resolución anulatoria de obrados lo que imposibilita a este Tribunal ingresar a considerar el recurso de casación en el fondo al no haber resuelto cuestiones de fondo por parte del referido fallo, consiguientemente el análisis en casación debe circunscribirse a lo resuelto por el Auto de Vista impugnado, en cuyo mérito corresponde analizar si es evidente que correspondía al Tribunal de Alzada decidir el fondo de la causa
- Partes
- Proceso :
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es apelada por la parte demandante mediante escrito de fs
- La recurrente argumenta queinterpone recurso de Casación en el fondo bajo los siguientes fundamentos
- El Auto de Vista de fecha 15 de noviembre de 2013 establecería “tenerse como pago
- Por lo que en base a los fundamentos expuestos, en aplicación a lo previsto por
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Aspectos que no corresponden ser considerados en virtud a que el Ad quem emitió Resolución
- Del examen delAuto de Vista impugnado se evidencia que el Ad quem no ha realizado
- Sin embargo, habrá que tener en cuenta que la ausencia de motivación no es lo
- Por lo que no resulta correcto el actuar del Tribunal de Apelación, quien estaba en
- En consecuencia, el Tribunal Supremo concluye que no correspondía de manera alguna la nulidad de
- POR TANTO:La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Sin responsabilidad por ser excusable el error
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Cuarto
