FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En el recurso de casación interpuesto, se advierte que la parte recurrente fundamenta como infraccionesde fondo,en sentido de que no se habría tomado en cuenta en la sentencia el documento privado de fecha 19 de septiembre del 2007 siendo esta la prueba esencial del presente proceso donde ambas partes se comprometerían a cumplir el contrato, asimismo existiría la declaración del Notario de Fe Pública Nº 91 Dr. Marco Antonio Iturricha Lema, y el acta de entrega de documentación hipotecaria, que cursa a fs. 22 con estas pruebas mencionadas sería suficiente dictar el cumplimiento de contrato que se menciona en la demanda reconvencional
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En el recurso de casación interpuesto, se advierte que la parte recurrente fundamenta como infraccionesde fondo,en sentido de que no se habría tomado en cuenta en la sentencia el documento privado de fecha 19 de septiembre del 2007 siendo esta la prueba esencial del presente proceso donde ambas partes se comprometerían a cumplir el contrato, asimismo existiría la declaración del Notario de Fe Pública Nº 91 Dr. Marco Antonio Iturricha Lema, y el acta de entrega de documentación hipotecaria, que cursa a fs. 22 con estas pruebas mencionadas sería suficiente dictar el cumplimiento de contrato que se menciona en la demanda reconvencional
- Partes
- Proceso :
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es apelada por la parte demandante mediante escrito de fs
- La recurrente argumenta queinterpone recurso de Casación en el fondo bajo los siguientes fundamentos
- El Auto de Vista de fecha 15 de noviembre de 2013 establecería “tenerse como pago
- Por lo que en base a los fundamentos expuestos, en aplicación a lo previsto por
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Aspectos que no corresponden ser considerados en virtud a que el Ad quem emitió Resolución
- Del examen delAuto de Vista impugnado se evidencia que el Ad quem no ha realizado
- Sin embargo, habrá que tener en cuenta que la ausencia de motivación no es lo
- Por lo que no resulta correcto el actuar del Tribunal de Apelación, quien estaba en
- En consecuencia, el Tribunal Supremo concluye que no correspondía de manera alguna la nulidad de
- POR TANTO:La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Sin responsabilidad por ser excusable el error
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Cuarto
