Finaliza señalando que, el Auto de Vista impugnado, transgredió y aplicó incorrectamente el art
Finaliza señalando que, el Auto de Vista impugnado, transgredió y aplicó incorrectamente el art. 14 del DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, la RM Nº 550 de 28 de septiembre de 2005, el párrafo I del art. 24 de la Ley Nº 065, los arts. 1, 48 y 50 del DS Nº 0822, y el art. 23 del Manual de Prestaciones de Rentas en curso de pago y adquisiciones (MPRCPA)
- Felipe Arcani Canaviri mediante la nota de 24 de julio de 2012 cursante a fs
- Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de Reclamación, éste interpuso recurso de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo del mismo, lo siguiente
- Hace referencia a la Resolución Nº 1656 de 27 de febrero de 2012 emitida por
- Enfatiza que, el interesado pretende el reconocimiento de aportes sin contar con la documentación idónea
- Señala que, el art
- Manifiesta que el SENASIR cumplió con el art
- Finaliza señalando que, el Auto de Vista impugnado, transgredió y aplicó incorrectamente el art
- Con ese antecedente, pide a este Tribunal Supremo casar el Auto de Vista impugnado y
- Sobre el tratamiento extraordinario para la certificación de aportes al Sistema de Reparto, el art
- En lo referente a la Compensación de Cotizaciones, el art
- Este Tribunal Supremo con la finalidad de dilucidar este tipo de problemáticas, en varias Resoluciones
- En ese entendido, debe concluirse que los aportes que realizan los beneficiarios durante su etapa
- Se denunció que, el Tribunal de Alzada al pronunciar el Auto de Vista impugnado, transgredió
- De los hechos descritos precedentemente se establece que, el SENASIR para emitir la Resolución Nº
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
