POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
Por lo expuesto, corresponde resolver conforme prescriben los arts. 271.2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por la norma remisiva establecida en los arts. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social y 15 del MPRCPA aprobado por Resolución Secretarial 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación, interpuesto por Juan Edwin Mercado Claros representante legal del SENASIR cursante de fs. 66 a 69
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación, interpuesto por Juan Edwin Mercado Claros representante legal del SENASIR cursante de fs. 66 a 69
- Felipe Arcani Canaviri mediante la nota de 24 de julio de 2012 cursante a fs
- Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de Reclamación, éste interpuso recurso de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo del mismo, lo siguiente
- Hace referencia a la Resolución Nº 1656 de 27 de febrero de 2012 emitida por
- Enfatiza que, el interesado pretende el reconocimiento de aportes sin contar con la documentación idónea
- Señala que, el art
- Manifiesta que el SENASIR cumplió con el art
- Finaliza señalando que, el Auto de Vista impugnado, transgredió y aplicó incorrectamente el art
- Con ese antecedente, pide a este Tribunal Supremo casar el Auto de Vista impugnado y
- Sobre el tratamiento extraordinario para la certificación de aportes al Sistema de Reparto, el art
- En lo referente a la Compensación de Cotizaciones, el art
- Este Tribunal Supremo con la finalidad de dilucidar este tipo de problemáticas, en varias Resoluciones
- En ese entendido, debe concluirse que los aportes que realizan los beneficiarios durante su etapa
- Se denunció que, el Tribunal de Alzada al pronunciar el Auto de Vista impugnado, transgredió
- De los hechos descritos precedentemente se establece que, el SENASIR para emitir la Resolución Nº
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
