En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 160/09 de 19 de junio de
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 160/09 de 19 de junio de 2009 (fojas 64 y vuelta), la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito de La Paz, CONFIRMÓ EN PARTE la Sentencia Nº 35/2008 de 19 de abril de 2008 de fojas 47 a 51 de obrados, modificando sólo lo que corresponde a la vacación en el monto de Bs. 649.62 por 7 días adeudados
- Monto que en ejecución de Sentencia deberá actualizarse conforme a ley
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 160/09 de 19 de junio de
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- Al amparo de los artículos 253 incisos 1) y 3) del Código de Procedimiento Civil,
- Concluye el memorial señalando que al amparo de los artículo 252, 253 incisos 1), 2)
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fojas 70 a
- Por lo anotado precedentemente, este Tribunal considera que no corresponde disponer la nulidad alegada por
- “Continuando con lo señalado precedentemente, el juzgador en materia laboral, respecto de la valoración de
- Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en vulneración o
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
