Efectuada esta precisión, se evidencia de la revisión del Auto de Vista impugnado, el rechazo
Efectuada esta precisión, se evidencia de la revisión del Auto de Vista impugnado, el rechazo in límine del recurso de apelación restringida interpuesto por la imputada Marina Miranda Choque, cuando en la parte resolutiva de dicha resolución refiere: “…por los fundamentos expuesto declara: 1.- El rechazo in limine en cuanto a la apelación restringida interpuesta por Marina Miranda Choque, por haberla interpuesto fuera del plazo previsto en la normativa adjetiva penal” (sic), después de argumentar en el acápite II inc. a) que: “En lo que corresponde a la imputada Marina Miranda Choque esta fue notificada de forma personal con la Sentencia motivo de impugnación en fecha 17 de diciembre de 2013 por la diligencia de notificación cursante a fs. 49, momento a partir del cual se comienza a contabilizar el plazo previsto por la citada norma procesal. En el caso, el plazo de interposición del mismo feneció en fecha 13 de enero del presente año, e interpuesto el recurso de apelación restringida en fecha 15 de enero de 2014, conforme consta en cargo de presentación se estaría formalizada la impugnación en tiempo extemporáneo” (sic)
- a) Por Sentencia 14/2013 de 23 de octubre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada (fs
- Del memorial de recurso de casación de fs
- La recurrente señala que, se vulneró la garantía de impugnación, consagrada por el art
- Por Auto Supremo 127/2014-RA de 2 de mayo, este Tribunal declaró admisible el recurso de
- II
- En el presente proceso, la parte recurrente denuncia la vulneración del art
- III.1. Del precedente contradictorio citado
- El Auto Supremo 083/2013-RRC de 28 de marzo de 2013, fue dictado dentro del proceso
- Inicialmente es menester señalar que el derecho impugnaticio, es el poder jurídico formal otorgado a
- Efectuada esta precisión, se evidencia de la revisión del Auto de Vista impugnado, el rechazo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
