Auto Supremo AS/0319/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0319/2014-RRC

Fecha: 15-Jul-2014

Efectuada esta precisión, se evidencia de la revisión del Auto de Vista impugnado, el rechazo


Efectuada esta precisión, se evidencia de la revisión del Auto de Vista impugnado, el rechazo in límine del recurso de apelación restringida interpuesto por la imputada Marina Miranda Choque, cuando en la parte resolutiva de dicha resolución refiere: “…por los fundamentos expuesto declara: 1.- El rechazo in limine en cuanto a la apelación restringida interpuesta por Marina Miranda Choque, por haberla interpuesto fuera del plazo previsto en la normativa adjetiva penal” (sic), después de argumentar en el acápite II inc. a) que: “En lo que corresponde a la imputada Marina Miranda Choque esta fue notificada de forma personal con la Sentencia motivo de impugnación en fecha 17 de diciembre de 2013 por la diligencia de notificación cursante a fs. 49, momento a partir del cual se comienza a contabilizar el plazo previsto por la citada norma procesal. En el caso, el plazo de interposición del mismo feneció en fecha 13 de enero del presente año, e interpuesto el recurso de apelación restringida en fecha 15 de enero de 2014, conforme consta en cargo de presentación se estaría formalizada la impugnación en tiempo extemporáneo” (sic)