Auto Supremo AS/0357/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0357/2014-RA

Fecha: 30-Jul-2014

2) En cuanto al defecto de Sentencia sobre errónea aplicación de la norma sustantiva, previsto


2) En cuanto al defecto de Sentencia sobre errónea aplicación de la norma sustantiva, previsto en el inc. 1) del art. 370 del CPP, que fue ignorado y validado por el Auto de Vista recurrido y su Auto complementario, alega que, no obstante de haberse reconocido en la Sentencia que existía un gravamen sobre el vehículo a favor del Banco de Crédito, que luego le fue vendido, extremo que más allá de la duda razonable cumple la exigencia del art. 337 del CP; los Jueces de Sentencia, como los Vocales de apelación, dieron pleno valor a las declaraciones del chofer de la imputada y a la suya propia, en forma absolutamente contraria a las reglas de la “sana crítica de la lógica” (sic) en cuanto a sus principios de identidad, no contradicción y del tercero excluido, concluyendo de manera errada que no existe Estelionato. Sobre este motivo invoca los Autos Supremos 214 de 28 de marzo de 2007 y 246 de 7 de marzo del mismo año, refiriendo que las normas violadas son los arts. 337 y 14 del CP, en relación a los arts. 173, 359 y 364 del CPP