ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 313 a 318 interpuesto por Lila Zaballa Koo y Nery Fátima Zaballa de Mejía por sí y en representación de Vicente y Alberto Zaballa Koo, contra el Auto de Vista Nº S-153/2013 de 13 de agosto de 2013 cursante de fs. 309 a 310 vta., pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de mejor derecho de propiedad seguido a instancias de los recurrentes en contra de Osvaldo Rivera Cruz, la concesión de fs. 335, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Sexto de Partido en lo Civil de la ciudad de La Paz dicta la Sentencia signada con Resolución Nº 49/2011 de 04 de febrero de 2011 cursante de fs. 221 a 222, declarando probada la acción reivindicatoria, mejor derecho de propiedad, retiro de mejoras, pago de daños y perjuicios y devolución de inmueble, formulados por los demandantes contra Osvaldo Rivera Cruz, Severo y Cristina Tambo Mamani, así como de presuntos interesados, declarando el mejor derecho propietario en favor de los actores sito en la calle Yungas Nº 555 y prolongación de la calle Bueno, registrado en Derechos Reales, asimismo dispone que los daños y perjuicios se efectivizarán en ejecución de Sentencia
- Partes: Lila Zaballa Koo y otros. c/ Osvaldo Rivera Cruz y otros
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por Osvaldo Rivera Cruz y Severo
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Describe sus pretensiones y arguye que la prueba idónea para demostrar su derecho propietario es
- Acusa falsa aplicación del art
- Sostiene la violación de los arts
- Por lo expuesto solicita que en base al recurso de casación en la forma se
- Todo el argumento relativo al recurso de casación se encuentra dirigido a observar que el
- Así también corresponde señalar que por congruencia se entiende como adecuación entre las peticiones de
- 2
- 3
- Consiguientemente, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución en la forma prevista en
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
