Auto Supremo AS/0189/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0189/2014

Fecha: 08-Ago-2014

Por lo expuesto, cabe señalar además que en los procesos administrativos, este Tribunal Supremo ha

Por lo expuesto, cabe señalar además que en los procesos administrativos, este Tribunal Supremo ha establecido en su abundante jurisprudencia, que en la jurisdicción ordinaria debe prevalecer la verdad material sobre la verdad formal, así los arts. 180. I de la Constitución Política del Estado y 30. 11 de la Ley del Órgano Judicial, establecen como un principio procesal a dicha verdad, con la finalidad de que toda resolución contemple de forma inexcusable la manera y cómo ocurrieron los hechos, en estricto cumplimiento de las garantías procesales; es decir, dando prevalencia a la verdad pura, a la realidad de los hechos, antes de subsumir el accionar administrativo y jurisdiccional en ritualismos procesales que no conducen a la correcta aplicación de la justicia