CONSIDERANDO I: Que dentro la solicitud de Compensación de Cotizaciones Mediante Procedimiento Manual, planteada por
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 65 a 67, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), representado legalmente por Juan Edwin Mercado Claros, contra el Auto de Vista Nº 235/2013-SSA-I de 18 de noviembre de 2013 de fs. 60 a 61, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el trámite administrativo de compensación de cotizaciones interpuesto por Hernán Tapia Mendoza contra el SENASIR, el Auto N° 146/2014 SSA-I de 19 de febrero de 2014 de fs. 69 que concedió el recurso, los antecedentes del expediente, y;
CONSIDERANDO I: Que dentro la solicitud de Compensación de Cotizaciones Mediante Procedimiento Manual, planteada por el asegurado, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, pronunció la Resolución Nº 3926 de 10 de mayo de 2013 de fs. 28, otorgando en favor de Hernan Tapia Mendoza un monto de compensación de cotizaciones de Bs.7,620.98, equivalente a los aportes realizados al Sistema de Reparto en una densidad 2.17 años, como funcionario del CANDIMEX S.A. (periodo 04/1984-05/1986)
CONSIDERANDO I: Que dentro la solicitud de Compensación de Cotizaciones Mediante Procedimiento Manual, planteada por el asegurado, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, pronunció la Resolución Nº 3926 de 10 de mayo de 2013 de fs. 28, otorgando en favor de Hernan Tapia Mendoza un monto de compensación de cotizaciones de Bs.7,620.98, equivalente a los aportes realizados al Sistema de Reparto en una densidad 2.17 años, como funcionario del CANDIMEX S.A. (periodo 04/1984-05/1986)
- Auto Supremo Nº 192/2014
- Sucre, 8 de agosto de 2014
- Expediente: SSA.II-LP.192/2014
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que dentro la solicitud de Compensación de Cotizaciones Mediante Procedimiento Manual, planteada por
- En recurso de apelación deducido por el asegurado de fs
- Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- Que, también se ha inobservado el artículo único de la Resolución Ministerial N° 559 de
- Que, según lo expuesto, el reconocimiento de la documentación presentada por el asegurado se realiza
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación en el fondo, los fundamentos del
- Conforme a lo dispuesto por el artículo 45
- Con relación a las acusaciones referidas a que el asegurado no tuviese debidamente acreditadas sus
- Lo señalado condice con lo previsto por el artículo 14 del Decreto Supremo N° 27543
- A lo señalado, conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal (Auto Supremo N° 284/2012
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
