Auto Supremo AS/0192/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2014

Fecha: 08-Ago-2014

CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación en el fondo, los fundamentos del

Concluyó solicitando que el alto Tribunal de Justicia conforme al artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, case el Auto de Vista Nº 235/2013-SSA-I de 18 de noviembre de 2013 (fs. 60 a 61), y confirme la Resolución de la Comisión de Reclamación N° 0525/2013 de 04 de julio de 2013 emitida por el SENASIR (fs. 38 a 41), y la Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas N° 3926 de 10 de mayo de 2013 (fs. 28), sea previas las formalidades de rigor.
CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación en el fondo, los fundamentos del auto de vista recurrido, los antecedentes administrativos y las normas aplicables a la materia, se tiene lo siguiente:
El recurso de casación, para Chiovenda, “esta instituido para preservar la exacta observancia de la ley”, según esta afirmación este Tribunal Supremo de Justicia debe analizar la fiel ejecución de la norma, por tanto, en la especie debe remitirse a resolver judicialmente la génesis de la controversia entre el asegurado y el SENASIR, es decir, debe examinar si el asegurado está sujeto a aplicación del artículo 14 del Decreto Supremo N° 27543 de fecha 31 de mayo de 2004, y en consecuencia, si tiene o no derecho que el SENASIR le calcule la Compensación de Cotizaciones tomando en cuenta los periodos 02/84 03/84 y 06/86 a 11/90 trabajados en el Empresa CADIMEX S.A