Auto Supremo AS/0192/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2014

Fecha: 08-Ago-2014

Que, según lo expuesto, el reconocimiento de la documentación presentada por el asegurado se realiza

Que, según lo expuesto, el reconocimiento de la documentación presentada por el asegurado se realiza en caso y calidad de supletoria, o sea bajo la inexistencia de documentación en archivos del SENASIR, institución que adjuntó las planillas de la empresa CANDIMEX S.A., en las que el asegurado no figura pese a que sostiene haber trabajado ahí; asimismo, alega que el objeto de la norma y el fin al que se dirige – el Decreto Supremo N° 27543 de 31 de mayo de 2004- están dirigidos al Sistema de Reparto y no así para la Compensación de Cotizaciones, tratamiento que esta signado por normativa específica como el Manual de Certificación de Salario Cotizable y Densidad de Aportes para la Compensación de Cotizaciones, aprobado por Resolución Administrativa SENASIR 299.13, que en el punto 4 inciso e) indica que no es aplicable el artículo 14 del Decreto Supremo N° 27543 de 31 de mayo de 2004 debido a la existencia de normativa específica para la utilización de documentación supletoria y en el inciso a) establece que: “No debe aplicarse certificación extraordinaria, si el verificador evidencia que el asegurado no figura en planilla”