3.3 Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, pasamos a resolverlo efectuando las siguientes consideraciones
3.3 Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, pasamos a resolverlo efectuando las siguientes consideraciones:
Respecto a la denuncia expuesta en el punto 1, por la que la representante de la empresa recurrente señala que el Auto de Vista recurrido incurrió en contradicción y errónea aplicación e interpretación de normas legales, al haber afirmado que las normas a observarse en la tramitación de este proceso son las contempladas en el Código de Comercio y, sólo de manera supletoria se recurrirá al Código de Procedimiento Civil, para luego concluir que en materia comercial los contratos y relaciones comerciales pueden celebrarse tanto de forma escrita como verbal, y que en el caso de autos el contrato debía ser por escrito, dado el monto de las transacciones efectuadas entre la empresa que representa y el demandado, afirmación que en criterio de la recurrente incurre en desconocimiento del artículo 787 del Código de Comercio, puesto que habría existido el contrato de distribución con el demandado, no pudiendo ignorarse la existencia de esa obligación del demandado con la parte demandante
- Segunda Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani
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- Que tramitada la causa, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil de la ciudad
- 3.1. Denuncias del Recurso de Casación
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- Finalmente, solicita al Tribunal Supremo case el Auto de Vista impugnado y deliberando en el
- El demandado indica que, el Auto de Vista de fecha 28 de agosto de 2009,
- Refiere que, la parte recurrente en su memorial de recurso de casación no menciona que
- 3.3 Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, pasamos a resolverlo efectuando las siguientes consideraciones
- Sobre ello, cabe señalar que la labor de interpretación y aplicación de la norma al
- QUIMBOL LEVER S
- Sobre ello, se evidencia que el Tribunal de alzada ha efectuado el correcto análisis no
- Efectivamente, tal cual discernió el Tribunal de alzada, la ‘factura’ es un título valor que
- Finalmente, con referencia al punto 4 de las denuncias, en las que la apoderada de
- Sin puntualizar exactamente cuál frase o razonamiento considera cómo apreciación subjetiva apartada de los principios
- IV. POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
