Auto Supremo AS/0337/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2014

Fecha: 15-Ago-2014

3.3 Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, pasamos a resolverlo efectuando las siguientes consideraciones


3.3 Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, pasamos a resolverlo efectuando las siguientes consideraciones:

Respecto a la denuncia expuesta en el punto 1, por la que la representante de la empresa recurrente señala que el Auto de Vista recurrido incurrió en contradicción y errónea aplicación e interpretación de normas legales, al haber afirmado que las normas a observarse en la tramitación de este proceso son las contempladas en el Código de Comercio y, sólo de manera supletoria se recurrirá al Código de Procedimiento Civil, para luego concluir que en materia comercial los contratos y relaciones comerciales pueden celebrarse tanto de forma escrita como verbal, y que en el caso de autos el contrato debía ser por escrito, dado el monto de las transacciones efectuadas entre la empresa que representa y el demandado, afirmación que en criterio de la recurrente incurre en desconocimiento del artículo 787 del Código de Comercio, puesto que habría existido el contrato de distribución con el demandado, no pudiendo ignorarse la existencia de esa obligación del demandado con la parte demandante