Efectivamente, tal cual discernió el Tribunal de alzada, la ‘factura’ es un título valor que
Efectivamente, tal cual discernió el Tribunal de alzada, la ‘factura’ es un título valor que establece derechos sobre bienes, puede ser a crédito o al contado, extendiéndose estas como reflejo de toda la información de una operación de compraventa porque muestra o detalla el producto comprado o vendido, asimismo, la previsión normativa del artículo 4 inciso a) de la Ley Nº 843, está referida al hecho imponible y el perfeccionamiento del mismo, el cual se da con la emisión de facturas, sin hacer referencia al valor probatorio que pueda tener una factura en la cual no específica si es de venta a crédito o al contado, como pretende la recurrente
- Segunda Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani
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- Que tramitada la causa, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil de la ciudad
- 3.1. Denuncias del Recurso de Casación
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- Finalmente, solicita al Tribunal Supremo case el Auto de Vista impugnado y deliberando en el
- El demandado indica que, el Auto de Vista de fecha 28 de agosto de 2009,
- Refiere que, la parte recurrente en su memorial de recurso de casación no menciona que
- 3.3 Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, pasamos a resolverlo efectuando las siguientes consideraciones
- Sobre ello, cabe señalar que la labor de interpretación y aplicación de la norma al
- QUIMBOL LEVER S
- Sobre ello, se evidencia que el Tribunal de alzada ha efectuado el correcto análisis no
- Efectivamente, tal cual discernió el Tribunal de alzada, la ‘factura’ es un título valor que
- Finalmente, con referencia al punto 4 de las denuncias, en las que la apoderada de
- Sin puntualizar exactamente cuál frase o razonamiento considera cómo apreciación subjetiva apartada de los principios
- IV. POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
