Auto Supremo AS/0373/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2014-RRC

Fecha: 08-Ago-2014

SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA


Es preciso aclarar que, este Tribunal no está facultado para pronunciarse sobre el fondo de lo resuelto por el Tribunal de apelación en los casos de apelaciones incidentales promovidas en el juicio oral, por cuanto el último recurso idóneo reconocido en la ley para resolver las referidas cuestionantes, se agotan en el Tribunal de alzada, restringiéndose la labor del Tribunal Supremo a verificar si no se incurrió en incongruencia omisiva a pesar de haber sido expresamente cuestionado en apelación restringida, como aconteció en el caso concreto analizado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Cintya Karina Flores Uriona.

Regístrese, hágase saber y devuélvase.

Firmado

Magistrada Relatora Dra. Maritza Suntura Juaniquina
Magistrada Dra. Norka N. Mercado Guzmán
Secretario de Sala Cristhian G. Miranda Dávalos
SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA