Como se tiene señalado, la denuncia esencial del recurrente está referida a la presunta falta
Como se tiene señalado, la denuncia esencial del recurrente está referida a la presunta falta de pronunciamiento fundamentado por parte del Tribunal de Alzada respecto a la denuncia planteada en su recurso de apelación con relación a que el Juez de Sentencia omitió pronunciarse sobre la agravación de los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza en razón de oficio previsto por el art. 349 inc. 3) del CP
- Por memorial presentado el 10 de febrero de 2014, cursante de fs
- Del recurso de casación de fs
- Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 368/2012 de 5 de diciembre, referido -a decir
- Con los argumentos supra consignados, el recurrente solicita a este Tribunal, se deje sin efecto
- Mediante Auto Supremo 056/2014-RA de 28 de marzo, de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
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- III.1. Del precedente contradictorio invocado
- III.2. Análisis del caso concreto
- Como se tiene señalado, la denuncia esencial del recurrente está referida a la presunta falta
- Asimismo, se constata que el Auto de Vista impugnado sobre el agravio denunciado, extrañó la
- Aspectos que permiten concluir que el Auto de Vista impugnado no incurrió en la falta
- Por las razones expuestas, este Tribunal llega a la conclusión de que el Tribunal de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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